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La FUNDACIÓN TROCONIZ SANTACOLOMA con el fin de lograr el necesario estímulo y consolidación de nuevos valores en el campo artístico musical, convoca BECAS DE FORMACIÓN MUSICAL, con arreglo a las siguientes BASES: Primera: OBJETO Dos de las cuales son destinadas a prórroga de convocatoria anterior (1 flauta y 1 saxofón) y las restantes (3 clarinetes, 1 saxofón, 1 filscorno, 1 trompeta, 1 bombardino/trombón/trompa y 2 percusión) , junto con las que resulten vacantes en prórroga, serán de libre acceso.. Segunda: CANDIDATOS. Podrán optar a las becas de libre acceso los jóvenes menores de 23 años (o los que hayan cumplido en el año de la convocatoria). Tendrán preferencia los jóvenes nacidos o residentes en Portugalete (a estos efectos se requiere estar empadronados a fecha 1-1-2008), incluso en relación al criterio resultante del curriculum vitae. Además deberán acreditar una sólida formación en la disciplina que se corresponde con su solicitud. Tercera: DURACIÓN. El plazo de duración de la beca podrá prorrogarse por otros dos periodos de igual duración, (de once meses de duración de octubre a agosto), como máximo, siendo necesario para que pueda darse la prórroga, informe favorable del Director de la Banda de Música, y previa solicitud del aspirante, en los plazos de la convocatoria del año siguiente, con cumplimiento de los requisitos exigidos en la misma. Se dará la posibilidad de continuar como becario a aquellos jóvenes que habiendo disfrutado de tres años de beca, no habiendo alcanzado la edad límite, estén interesados en prorrogar su beca, siempre y cuando o bien no haya habido ninguna solicitud para el instrumento correspondiente, o haya quedado vacante por no alcanzar el nivel preciso los solicitantes. Cuarta: DOTACIÓN. Quinta: DOCUMENTACIÓN. 1.- Curriculum Vitae del solicitante, especificando los trabajos, estudios y actividades desarrolladas en el campo específico para el que presenta la solicitud, aportando la documentación acreditativa de la formación en el instrumentos del que se trate, debiendo aportar títulos oficiales o certificaciones académicas y cuantos documentos considere conveniente. 2.- Fotocopia de D.N.I. 3.- Acreditación administrativa de ser nacido o vecino de Portugalete a fecha 1-1-2008, para quien ostente esta circunstancia. Sexta: PRESENTACIÓN. El plazo de presentación de solicitudes de prórroga de beca finaliza el 5 de mayo de 2008. Séptima: INCOMPATIBILIDAD. Octava: PERCEPCIÓN. Novena: OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS. 1 .- Cumplir todas las normas que resulten de los distintos apartados de la presente convocatoria. 2 .- Los becarios comunicarán por escrito la aceptación de la beca concedida, una vez recibida la notificación oficial de la Fundación, comprometiéndose a cumplir las normas fijadas en la presente convocatoria. Procediendo con posterioridad a la firma del oportuno contrato de beca. 3 .- Los becarios comenzarán el disfrute de la beca en el mes de octubre de 2008 y finalizarán en el mes de agosto de 2009. 4 .- Al término de la beca, los becarios deberán entregar una Memoria final explicativa de todos y cada uno de los aspectos que han sido tratados durante el tiempo que han durado los estudios y trabajos, que contemple la totalidad de la actividad desarrollada durante el curso académico. En el caso de incumplimiento por parte de los becarios de sus obligaciones, incluso el abandono de sus trabajos o estudios, sin mediar causa justificada, deberán devolver a la Fundación los devengos producidos hasta la fecha; sin posibilidad de reclamar las cantidades que quedaran pendientes de abono. Esta penalización y reclamación se llevará a efecto por la Fundación previa audiencia del interesado.
Décima: TRIBUNAL CALIFICADOR. La composición del tribunal será secreta y se hará pública en la fecha en que se publique su fallo. Los candidatos, por el solo hecho de solicitar la beca renuncian a toda clase de acción judicial o extrajudicial contra el fallo del tribunal, acatando incondicionalmente su decisión. El Tribunal Calificador al efecto de poder emitir su fallo, previa decisión, efectuará una audición de las personas solicitantes en el instrumento musical correspondiente, en la que se incluirá una obra obligatoria, que se especifica en anexo a las presentes bases. Los solicitantes podrán ser entrevistados por el Tribunal Calificador correspondiente, con el fin de tratar sobre su formación y curriculum, proyecto de estudio o trabajo y sobre cualquier otro aspecto que el tribunal estime oportuno, incluso sobre el nivel de conocimiento que se acredita en la documentación presentada.
Undécima: BECA EXTRAORDINARIA. 1.- Haber completado los tres periodos anuales de prácticas instrumentales, previstos en la base tercera. Duodécima: INCIDENCIAS. 2 .- El tribunal correspondiente podrá declarar desierta, total o parcialmente la adjudicación de las becas. 3 .- Los solicitantes, por el mero hecho de proceder a la presentación de sus solicitudes, aceptan en su totalidad las presentes bases, renunciando a ejercitar cualquier tipo de acción judicial o extrajudicial contra las mismas. Portugalete, 15 de abril de 2008 |
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